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sábado, 11 de febrero de 2012

13 años por matar a su marido de 32 puñaladas

10/2/2012



13 años por matar a su marido de 32 puñaladas


La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a trece años de prisión a Fátima E.K. por apuñalar 32 veces a su marido hasta matarle, en el transcurso de una discusión en su domicilio de Carabanchel. La mujer, que confesó haberle asesinado, afirmó estar poseída y pensar que la víctima era el diablo y tenía que acabar con él.

La Sala considera que Fátima E.K., de origen marroquí, es la autora de un delito de asesinato con el atenuante de confesión y la eximente incompleta de enajenación mental. Por este presunto crimen, la acusada ha sido condenada a 13 años de prisión y a indemnizar a su hija con 100.000 euros.

En el juicio, la acusada mostró su arrepentimiento y aseguró que estaba enajenada, ya que pensaba que su marido era el demonio y tenía que exterminarlo. La resolución considera probado que la acusada la tarde del 4 de enero de 2010, cuando se encontraba en su domicilio, "aprovechando que la víctima estaba de espaldas y con la cabeza baja, armada con al menos un objeto contundente, le abordó por detrás, para evitar toda posibilidad de defensa, y golpeó en repetidas ocasiones en la cabeza, con la intención de matar, hasta que Antonio cayó al suelo".
Una vez en el suelo y cuando Antonio aún seguía con vida, Fátima, armada esta vez con un cuchillo, le asestó 32 puñaladas en la zona de la nuca y hombros, con la intención de causar un sufrimiento innecesario. El hombre de 54 años, falleció como consecuencia de la agresión. La acusada se personó en la Comisaría de Carabanchel sobre las 20 horas del día cuatro de enero de 2010 y confesó haber dado muerte a su marido, antes de que la Policía tuviera conocimiento de los hechos.
Según el tribunal, la procesada cometió los hechos a causa de un trastorno psicótico no especificado, por lo que tenía gravemente afectadas sus facultades intelectivas y colectivas pero sin llegar a anularlas. La culpabilidad de la acusada, en el sentido de la realización del hecho incriminado, fue establecido por el Tribunal del Jurado, apreciando el resultado de la prueba practicada en el acto del Juicio.

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